Empleo ético de la tecnología en la Industria Legal
Euroinnova. (2024). Ética Informática [Imagen digital]. Extraída de: https://www.euroinnova.com/blog/que-es-la-etica-informatica
Catalina Guerrero Guzmán
La tecnología entendida como el conjunto de conocimientos y procedimientos empleados para la producción u optimización de productos, bienes y servicios; así como para la investigación científica, cuenta con la capacidad de influenciar todas las áreas del conocimiento, entre ellas, la industria legal. Por lo tanto, su importancia radica en su capacidad para brindar soluciones eficientes, satisfacer necesidades e incluso, promover el bienestar, la igualdad y la inclusión social.
Sin embargo, el empleo de los datos y en especial en la era digital, tiene numerosos propósitos que no solo poseen la capacidad de generar beneficios, sino que también implican riesgos que pueden afectar negativamente a las personas u organizaciones (Asociación por los Derechos Civiles, 2016). Por ejemplo, tratándose del empleo de datos en tecnologías de Inteligencia Artificial, se han identificado amenazas que no solo se limitan a la vulneración del derecho a la privacidad o confidencialidad, sino que abarca la afectación de otros derechos tales como la igualdad, el buen nombre, la honra, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de expresión (Instituto Nacional de Estándares y Tecnología, 2023).
De
manera que resulta de vital importancia en el desarrollo de herramientas
tecnológicas aplicadas a la industria legal, considerar las posibles
afectaciones que han sido mencionadas y, por ende, acatar un marco ético. Al
respecto, es de destacar como ejemplo, los principios promovidos por la
Comisión Europea para la eficiencia de la justicia sobre el uso de la
inteligencia artificial en los sistemas judiciales y su entorno (2018):
1)
Principio de respeto a los derechos humanos: Estipula que en el diseño e
implementación de las herramientas tecnológicas se debe garantizar los
siguientes derechos fundamentales: a) propósitos claros en el procesamiento de
decisiones y datos judiciales, b) igualdad de armas y respeto al proceso
contradictorio, c) respeto a los principios del estado de derecho y la
independencia de los jueces en su proceso de toma de decisiones.
2)
Principio de no discriminación: Está dirigido a evitar cualquier tipo de
discriminación entre personas o grupos de personas, en específico, frente al
tratamiento de datos.
3) Principio de calidad y seguridad: Establece que el tratamiento de datos personales y decisiones judiciales debe emplear fuentes certificadas y los modelos que se desarrollen deben ser concebidos y almacenados en un entorno tecnológico seguro.
4)
Principio de transparencia, imparcialidad y justicia: Radica en la necesidad de
permitir que los métodos de procesamiento de datos sean accesibles y
comprensibles.
5)
Principio de “bajo control del usuario”: Está orientado a garantizar que los
usuarios cuenten con la facultad de estar informados y posean el control de sus
elecciones.
En
virtud de expuesto referente al empleo de la tecnología en la industria legal y
a su alcance, es imprescindible que tal implementación sea armónica con el
ordenamiento jurídico, por cuanto este tiene por objeto impartir justicia,
orden y legalidad en una sociedad en concordancia con un sistema axiológico. De
manera que el margen de acción de la tecnología y en especial en la industria
legal, debe estar en consonancia con la normatividad jurídica, porque es así
como se podría garantizar que la tecnología va a brindar eficiencia en el
desarrollo de actividades o en la prestación de servicios del sector legal; y
va a respetar los derechos, deberes y fines consagrados en el orden legal, en
lugar de generar retrocesos o afectaciones sociales. Y esta consideración
resulta elemental, en el entendido que la tecnología posee las competencias
necesarias para ser empleada tanto para fines benéficos como perjudiciales y
aun conllevar a consecuencias negativas a partir de un uso no controlado o un
uso que quizás en un inicio tenía un buen propósito.
REFERENCIAS
Asociación por los Derechos Civiles.
(2016). El sistema de protección de datos personales en América Latina. https://adc.org.ar/wp-content/uploads/2019/06/023-A-El-sistema-de-protecci%C3%B3n-de-datos-personales-en-Am%C3%A9rica-Latina-Vol.-I-12-2016.pdf
Comisión Europea para la Eficiencia de
la Justicia. (2018). Carta Ética Europea sobre el uso de la inteligencia
artificial en los sistemas judiciales y su entorno. https://rm.coe.int/ethical-charter-en-for-publication-4-december-2018/16808f699c
Instituto Nacional de Estándares y
Tecnología. (2023). Marco de Gestión de Riesgos de la Inteligencia Artificial. https://nvlpubs.nist.gov/nistpubs/ai/NIST.AI.100-1.pdf