Empleo ético de la tecnología en la Industria Legal



Euroinnova. (2024). Ética Informática [Imagen digital]. Extraída de: https://www.euroinnova.com/blog/que-es-la-etica-informatica


Catalina Guerrero Guzmán

La tecnología entendida como el conjunto de conocimientos y procedimientos empleados para la producción u optimización de productos, bienes y servicios; así como para la investigación científica, cuenta con la capacidad de influenciar todas las áreas del conocimiento, entre ellas, la industria legal. Por lo tanto, su importancia radica en su capacidad para brindar soluciones eficientes, satisfacer necesidades e incluso, promover el bienestar, la igualdad y la inclusión social.

Sin embargo, el empleo de los datos y en especial en la era digital, tiene numerosos propósitos que no solo poseen la capacidad de generar beneficios, sino que también implican riesgos que pueden afectar negativamente a las personas u organizaciones (Asociación por los Derechos Civiles, 2016). Por ejemplo, tratándose del empleo de datos en tecnologías de Inteligencia Artificial, se han identificado amenazas que no solo se limitan a la vulneración del derecho a la privacidad o confidencialidad, sino que abarca la afectación de otros derechos tales como la igualdad, el buen nombre, la honra, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de expresión (Instituto Nacional de Estándares y Tecnología, 2023).

De manera que resulta de vital importancia en el desarrollo de herramientas tecnológicas aplicadas a la industria legal, considerar las posibles afectaciones que han sido mencionadas y, por ende, acatar un marco ético. Al respecto, es de destacar como ejemplo, los principios promovidos por la Comisión Europea para la eficiencia de la justicia sobre el uso de la inteligencia artificial en los sistemas judiciales y su entorno (2018):

1) Principio de respeto a los derechos humanos: Estipula que en el diseño e implementación de las herramientas tecnológicas se debe garantizar los siguientes derechos fundamentales: a) propósitos claros en el procesamiento de decisiones y datos judiciales, b) igualdad de armas y respeto al proceso contradictorio, c) respeto a los principios del estado de derecho y la independencia de los jueces en su proceso de toma de decisiones.

2) Principio de no discriminación: Está dirigido a evitar cualquier tipo de discriminación entre personas o grupos de personas, en específico, frente al tratamiento de datos.

3) Principio de calidad y seguridad: Establece que el tratamiento de datos personales y decisiones judiciales debe emplear fuentes certificadas y los modelos que se desarrollen deben ser concebidos y almacenados en un entorno tecnológico seguro.

4) Principio de transparencia, imparcialidad y justicia: Radica en la necesidad de permitir que los métodos de procesamiento de datos sean accesibles y comprensibles.

5) Principio de “bajo control del usuario”: Está orientado a garantizar que los usuarios cuenten con la facultad de estar informados y posean el control de sus elecciones.

En virtud de expuesto referente al empleo de la tecnología en la industria legal y a su alcance, es imprescindible que tal implementación sea armónica con el ordenamiento jurídico, por cuanto este tiene por objeto impartir justicia, orden y legalidad en una sociedad en concordancia con un sistema axiológico. De manera que el margen de acción de la tecnología y en especial en la industria legal, debe estar en consonancia con la normatividad jurídica, porque es así como se podría garantizar que la tecnología va a brindar eficiencia en el desarrollo de actividades o en la prestación de servicios del sector legal; y va a respetar los derechos, deberes y fines consagrados en el orden legal, en lugar de generar retrocesos o afectaciones sociales. Y esta consideración resulta elemental, en el entendido que la tecnología posee las competencias necesarias para ser empleada tanto para fines benéficos como perjudiciales y aun conllevar a consecuencias negativas a partir de un uso no controlado o un uso que quizás en un inicio tenía un buen propósito.

 

 REFERENCIAS

Asociación por los Derechos Civiles. (2016). El sistema de protección de datos personales en América Latina. https://adc.org.ar/wp-content/uploads/2019/06/023-A-El-sistema-de-protecci%C3%B3n-de-datos-personales-en-Am%C3%A9rica-Latina-Vol.-I-12-2016.pdf  

Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia. (2018). Carta Ética Europea sobre el uso de la inteligencia artificial en los sistemas judiciales y su entorno. https://rm.coe.int/ethical-charter-en-for-publication-4-december-2018/16808f699c

Instituto Nacional de Estándares y Tecnología. (2023). Marco de Gestión de Riesgos de la Inteligencia Artificial. https://nvlpubs.nist.gov/nistpubs/ai/NIST.AI.100-1.pdf  

  


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