SIC Facilita- ODR Pública Colombiana
Superintendencia
de Industria y Comercio. (2025). SIC FACILITA. [Imagen digital]. Extraída de: https://sicfacilita.sic.gov.co/SICFacilita/index.xhtml
Catalina Guerrero Guzmán
SIC Facilita es una Online
Dispute Resolution (ODR) de tipo pública, desarrollada por la Superintendencia de
Industria y Comercio, por medio de la cual esta autoridad actúa como facilitadora en
la
resolución amigable de conflictos entre consumidores y proveedores,
relacionados con la protección del consumidor, que se encuentran enmarcados en
el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011).
Algunas de las ventajas de esta herramienta consisten en: 1) la generación de
soluciones rápidas y eficaces mediante el empleo de medios tecnológicos, 2) el
ahorro en materia de tiempo y recursos (humanos y financieros) que demanda la
solución de un conflicto, 3) la prevención de los riesgos que se derivan de las
soluciones a conflictos, de tipo judicial o administrativo (sanciones e insatisfacción)
y 4) el incremento de la confianza en las relaciones entre consumidores y
proveedores.
Las reglas generales que establece SIC Facilita respecto a las posibles soluciones
de los conflictos y que deben ser acatadas por los usuarios, radican en que los
contratos de transacción celebrados por las partes en este portal web: 1) gozan de
plena validez de conformidad con lo preceptuado en la Ley 527 de 1999 (por medio
de la cual se reglamenta los mensaje de datos, el comercio electrónico y firmas
digitales), 2) generan todos los efectos legales dispuestos en el artículo 2469 y
siguientes del Código Civil y 3) hacen tránsito a cosa juzgada según lo establecido
en el articulo 2483 del Código Civil, de modo que las partes se comprometen a no
instaurar demandas judiciales referentes a los mismos hechos y pretensiones que
fueron transados.
Los conflictos que se pueden resolver en SIC Facilita se clasifican en tres módulos
que abarcan lo siguiente: 1) la garantía de equipos y comprende las reclamaciones
relacionadas con la garantía de productos y servicios, en virtud de lo dispuesto en
el Estatuto del Consumidor, 2) los datos personales, que incluyen las reclamaciones
relacionadas con la suplantación de identidad y reportes o actualización de
información en centrales de riesgo, según lo dispuesto en la Ley 1266 de 2008
(regulación del Hábeas data) y 3) los servicios de telecomunicaciones que
incorporan las reclamaciones relacionadas al respecto, según los lineamientos
establecidos en la Ley 1341 de 2009 (marco general del sector de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones).
Por otra parte, SIC Facilita cumple con los criterios establecidos por el International
Council For Online Dispute Resolution (ICODR) para el correcto funcionamiento de
los sistemas ODR, tal como se expone a continuación:
1) Accesibilidad: SIC Facilita es una herramienta gratuita, que proporciona un
instructivo referente a los lineamientos para la gestión de los reclamos y el uso de
la plataforma. Además, faculta a los usuarios para consultar en todo tiempo el
estado de las reclamaciones y enviar mensajes a su facilitador con el objetivo de
manifestar sus dudas o preguntas acerca de sus reclamaciones.
2) Responsabilidad: De conformidad con los términos y condiciones de SIC
Facilita, los datos y documentos generados por medio de la plataforma están a
disposición de las partes durante todo el proceso de reclamación, de forma que se
garantiza la disponibilidad constante de la información a las partes. Por otra parte,
posee una política para el tratamiento de datos personales que se aplica a todas las
bases de datos tanto físicas como digitales, con el propósito de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones legales en materia de protección de datos
personales.
3) Competitividad: La Superintendencia de Industria y Comercio como
desarrolladora de SIC Facilita cuenta con la idoneidad técnica y profesional para
prestar el servicio de ODR, por cuanto es la autoridad nacional de protección de la
competencia, los consumidores y los datos personales. De forma tal que conoce
plenamente los asuntos sobre los cuales versan los conflictos en los que interviene
como facilitadora.
4) Confidencialidad: La política para el tratamiento de datos personales de SIC
Facilita contempla como principio rector la confidencialidad, la cual comprende que
la Superintendencia de Industria y Comercio se compromete a tratar los datos
personales de los titulares para las finalidades exclusivamente pactadas en los
términos y condiciones del servicio de ODR, asimismo abarca el cumplimiento de
medidas de seguridad técnica y organizativa por parte de esta Superintendencia,
encaminadas a garantizar la seguridad de los datos personales de los usuarios y
evitar su alteración, pérdida, tratamiento y/o acceso no autorizado.
5) Igualdad: SIC Facilita brinda un trato respetuoso e igualitario tanto a los
consumidores como a los proveedores que hacen uso de su servicio, mediante la
aplicación del principio de interpretación integral de los derechos constitucionales
atribuibles a las partes. El cumplimiento de este criterio se puede ver materializado
en el acceso igualitario de las partes a la plataforma, quienes tienen la facultad de
aportar documentos y expresar repuestas y argumentos relevantes para el
desarrollo de la controversia
6) Neutralidad: La plataforma dispone de profesionales especializados que facilitan
el diálogo entre las personas que concurrieron a la controversia, los cuales se
caracterizan por ser figuras neutrales e imparciales, porque se encuentran
facultados solo para orientar a las partes en la búsqueda de una solución pronta y
eficaz, mas no para abogar a favor de una de las partes.
7) Legalidad: SIC Facilita fundamenta su actividad en un marco jurídico que es
manifestado a las partes al momento de acceder a los términos y condiciones del
servicio, el cual comprende: la Constitución Política de Colombia, la Ley 1266 de
2008 por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data, la Ley 1341
de 2009 que determina el marco general del sector de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, la Ley 1480 del 2011 por medio de la cual se
expide el Estatuto del Consumidor y la Ley 1581 de 2012 que establece las
disposiciones Generales para la Protección de Datos Personales en Colombia y sus
decretos reglamentarios.
8) Seguridad: La política para el tratamiento de datos personales de SIC Facilita
contempla como principio rector la seguridad, garantizando la adopción de medidas
técnicas, humanas y administrativas para conservar la información que poseen bajo
las condiciones físicas e informáticas de privacidad y seguridad necesarias.
9) Transparencia: La política para el tratamiento de datos personales de SIC
Facilita contempla como principio rector la transparencia, el cual se materializa en
la garantía que se les brinda a los usuarios de obtener en cualquier momento y sin
restricciones, información acerca de la existencia de datos que les conciernan en
relación con sus respectivos procesos de controversias.
En concordancia con lo anterior, SIC Facilita es una ODR pública de gran utilidad en
la resolución de conflictos tan usuales y constantes en la sociedad, como lo son
aquellos derivados de las relaciones de consumo. Asimismo, resulta muy favorable
que sea implementado por la Superintendencia de Industria y Comercio, en virtud
que constituye la autoridad nacional de protección de la competencia, los
consumidores y los datos personales; la cual cumple con los estándares
establecidos por el ICODR a los que deberían ceñirse todas las plataformas ODR.