Sentencia T-323 de 2024:  Uso de herramientas de inteligencia artificial generativas en procesos judiciales 



Red Jurista. (2024). Lineamientos acerca del uso de inteligencia artificial por parte de funcionarios judiciales. [Imagen digital]. Extraída de: https://www.redjurista.com/NewsPaper/37/actualidad/20178/corte-constitucional-establece-lineamientos-acerca-del-uso-de-la-inteligencia-artificial-generativas-por-parte-de-los-funcionarios-judiciales


Catalina Guerrero Guzmán

Mediante la Sentencia T-323 de 2024, la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional se pronunció sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial generativa en los procesos judiciales, estableciendo así un precedente novedoso e interesante para el sistema judicial colombiano.

En esta oportunidad, la Corte revisó un fallo de tutela de segunda instancia proferido por un juzgado laboral del circuito, en el cual el juez empleó la herramienta de inteligencia artificial generativa ChatGPT para ampliar los argumentos de su decisión, relacionada con la protección de los derechos fundamentales de una persona diagnosticada con trastorno del espectro autista (TEA).

El problema jurídico abordado en la sentencia se centró, entre otros aspectos, en determinar si el uso de ChatGPT 3.5 por parte del juez de segunda instancia vulneró el derecho fundamental al debido proceso. En efecto, el juez consultó la herramienta para formular preguntas jurídicas sobre el caso y reprodujo parte de las respuestas obtenidas en el texto de la sentencia.

La Sala de Revisión identificó tres componentes del debido proceso que podrían verse comprometidos por el uso de inteligencia artificial:
(i) la garantía del juez natural,
(ii) la motivación de las decisiones judiciales, y
(iii) la garantía del debido proceso probatorio.

Respecto de la primera, la Corte advirtió que podría configurarse una vulneración cuando la decisión judicial no proviene del juez natural, sino que este delega indebidamente su función en una IA, afectando su independencia e imparcialidad. En cuanto a la motivación, el uso de respuestas generadas por IA podría introducir errores o información falsa que comprometan la validez y coherencia de la providencia. Finalmente, en materia probatoria, la Corte enfatizó que la práctica y valoración de la prueba corresponde exclusivamente al juez, y que el uso de IA como apoyo en esta fase exige altos estándares de verificación, de modo que la información obtenida sea contrastada cuidadosamente para no vulnerar el debido proceso probatorio.

Con base en estos argumentos, la Corte concluyó que un juez incumple sus deberes legales cuando, al emplear IA en la elaboración de una decisión judicial:

1.    La utiliza para sustituir funciones de razonamiento propias e irremplazables de la labor jurisdiccional.

2.    Omite informar de manera transparente al usuario de la administración de justicia sobre el uso de la herramienta, afectando su derecho de contradicción.

3.    No verifica rigurosamente la fiabilidad de la información generada, comprometiendo la independencia o imparcialidad del fallo debido a posibles sesgos o “alucinaciones” del sistema.

4.    No adopta las medidas necesarias para proteger derechos como el hábeas data y la intimidad.

En el caso concreto, la Corte consideró que el principio de acceso a la administración de justicia y las garantías del debido proceso no se vieron afectados, pues la decisión del juez se sustentó principalmente en una argumentación jurídica tradicional. Aunque recurrió a ChatGPT para complementar su razonamiento, el análisis propio ya se encontraba desarrollado al momento de incorporar el contenido generado por la herramienta.

No obstante, la Corte concluyó que sí se configuró un uso indebido de la IA, al incumplirse parcialmente los principios de transparencia y responsabilidad. El primero, porque la mención del uso de la herramienta fue insuficiente: no basta con declarar su empleo ni con transcribir las preguntas y respuestas obtenidas. El segundo, porque el juez incluyó en su fallo información imprecisa suministrada por la IA y formuló consultas orientadas directamente a resolver el caso, sin proporcionar un contexto adecuado para tales interacciones.

En síntesis, la Corte Constitucional, mediante esta sentencia, fijó criterios orientadores sobre el uso de la inteligencia artificial en la toma de decisiones judiciales, los cuales deberán evaluarse: (i) en el tiempo, según la evolución normativa y tecnológica, y (ii) conforme a las exigencias particulares derivadas de la aplicación de la IA en las distintas jurisdicciones.


REFERENCIA

Corte Constitucional Colombiana, Sala Segunda de Revisión (2 de agosto de 2024). Sentencia T-323 de 2024. [M.P. Juan Carlos Cortés González]. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2024/T-323-24.htm



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